Dirección de Administración y Finanzas
La Dirección de Administración y Finanzas (DAF) tiene como función asesorar al Alcalde en la Administración del Personal de la Municipalidad y la Administración Financiera de los Bienes Municipales, para lo cual le corresponde:
- Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de cualquier tipo de ingresos municipales;
- Elaborar el Presupuesto Municipal (por no existir SECPLAC);
- Visar los Decretos que irroguen gastos o generen recursos;
- Llevar la contabilidad municipal en conformidad con las normas de la contabilidad general de la Nación y con las instrucciones que la Contraloría General de la República imparta al respecto.
- Controlar la gestión financiera de los recintos y/o empresas municipales.
- Efectuar los pagos municipales, manejar la Cuenta Corriente Bancaria respectiva y rendir cuenta a la Contraloría General de la República.
Los Departamentos dependientes de la Dirección de Administración y Finanzas serán los siguientes y tendrán las funciones que se indican:
Departamento de Rentas y Patentes
- Tramitar las solicitudes de otorgamiento, traslado, transferencia y caducidad, según corresponda, de las patentes municipales, comerciales, industriales, de alcoholes y profesionales de la Comuna;
- Mantener actualizado el registro de patentes de todas las actividades antes mencionada, así como el correspondiente a la propaganda comercial de la comuna;
- Efectuar el análisis contable respecto de las declaraciones de capital que anualmente deben hacer contribuyentes afectos al correspondiente tributo municipal;
- Recibir y dar tramitación a las solicitudes de permisos y concesiones sobre bienes nacionales de uso público, para el desarrollo de actividades lucrativas;
- Otorgar y controlar los Permisos de Circulación de Vehículos.
Tesorería Municipal
- Recaudar los tributos y otros ingresos municipales;
- Conservar y custodiar los fondos recaudados, las especies valoradas y demás valores municipales;
- Recibir y conservar toda clase de instrumentos de garantía, extendidos a favor de la Municipalidad;
- Efectuar el pago de las obligaciones municipales;
- Depositar en las cuentas corrientes autorizadas del Banco respectivo los fondos recaudados;
- Suspender la entrega de fondos a funcionarios que no han rendido cuenta de giros anteriores;
- Establecer cajas recaudadoras en los lugares y por el tiempo que sean necesarios, para los objetivos de la Municipalidad, dentro del ámbito comunal;
- Efectuar la rendición mensual de cuentas de la Caja Municipal, con sus ajustes y conciliaciones bancarias;
- Diseñar, implementar y mantener un archivo con los documentos que ingresan y salen de Tesorería;
- Actuar como Martillero Público en los remates municipales;
- Asumir cualquier otra función que le señale la Ley o el Alcalde, en conformidad con el ordenamiento jurídico.
Departamento de Inspección
- Fiscalizar el cumplimiento de las exigencias legales y reglamentarias, en la ejecución de las obras de edificación, ampliaciones, remodelaciones y/o demoliciones de la comuna;
- Fiscalizar el cumplimiento de la normativa vigente que regula la instalación de locales comerciales, hoteles, restaurantes, estacionamientos, etc.
Departamento Adquisiciones e Inventarios
- Emitir ordenes de compra;
- Realizar las compras de los insumos y materiales que utiliza el Municipio, previo las respectivas cotizaciones;
- Mantener un registro de proveedores;
- Llevar un adecuado control de las adquisiciones y su posterior entrega;
- Llevar un Registro actualizado de los bienes muebles del Municipio;
- Proponer, diseñar y confeccionar planillas de altas y bajas de las especies municipales;
- Efectuar los procedimientos de enajenación de los bienes muebles e inmuebles de la Municipalidad, de conformidad con las normas vigentes.
Departamento de Habilitación
- Confeccionar las Planillas de Remuneraciones del Personal de Planta, a Contrata y a Honorarios.
- Efectuar las cotizaciones previsionales correspondientes al Personal Municipal.
ChileCompra
El 29 de agosto de 2003, cambió radicalmente la manera en que el Estado realiza sus compras, con la entrada en vigencia de la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios ( Ley Nº 19.886), mas conocida como la Ley de Compras Públicas.
Esta Ley establece normas de procedimientos y transparencia para las compras las que se incluyen en los procesos de publicación y contratación, se rigen por esta ley el Gobierno Central, Gobiernos Regionales, Intendencias, Gobernaciones, Municipios y Fuerzas Armadas.
Además, existe un reglamento el cual determina los requisitos, circunstancias y procedimientos que rigen en conformidad a la Ley de Compras respecto a los procesos de compras y contratación publica de bienes y servicios:
- Convenios Marco (compra por catalogo)
- Licitaciones Publicas
- Licitaciones Privadas
- Trato o Contratación Directa.
Esta Oficina, cuenta con un funcionario encargado, el cual realiza las licitaciones, tratos directos, elaboración de bases y términos de referencia, además de la adjudicación de cada uno de los procesos que se realizan a través del portal.